Ahorra 5 meses con 1 año de Premium al 35% dto ¡Lo quiero!
Tertulia de Federico: La irresponsabilidad del Gobierno en las crisis del coronavirus

Tertulia de Federico: La irresponsabilidad del Gobierno en las crisis del coronavirus

Audio no disponible. Inténtalo más tarde.
  • Descargar
  • Compartir
  • Me gusta
  • Más
Preparando para la descarga

Preparando audio para descarga.

Escucha patrocinada. El audio empezará en pocos segundos...

Escucha sin anuncios y sin esperas con iVoox Premium

Pruébalo Gratis

X

Descripción de Tertulia de Federico: La irresponsabilidad del Gobierno en las crisis del coronavirus


Este audio le gusta a: 19 usuarios

Comentarios

Imágen de usuario
replicant3

Por qué no colgáis ya los vídeos en YouTube? Lo hacéis desde casa? Pues Fede parece que tiene la voz rara. Por favor Federico no pilles coronavirus, te necesitamos.

Imágen de usuario
Leo Bierzo

Una ley orgánica regulará los estados de alarma, de excepción y de sitio, y las competencias y limitaciones correspondientes. 2. El estado de alarma será declarado por el Gobierno mediante decreto acordado en Consejo de Ministros por un plazo máximo de quince días, dando cuenta al Congreso de los Diputados, reunido inmediatamente al efecto y sin cuya autorización no podrá ser pro- rrogado dicho plazo. El decreto determinará el ámbito territorial a que se extienden los efectos de la declaración. 3. El estado de excepción será declarado por el Gobierno mediante decreto acordado en Consejo de Ministros, previa autoriza- ción del Congreso de los Diputados. La autorización y proclamación del estado de excepción deberá determinar expresamente los efectos del mismo, el ámbito territorial a que se extiende y su duración, que no podrá exceder de treinta días, prorrogables por otro plazo igual, con los mismos requisitos. 4. El estado de sitio será declarado por la mayoría absoluta del Congreso de los Diputados, a propuesta exclusiva del Gobierno. El Congreso determinará su ámbito territorial, duración y condicio- nes. 5. No podrá procederse a la disolución del Congreso mientras estén declarados algunos de los estados comprendidos en el presen- te artículo, quedando automáticamente convocadas las Cámaras si no estuvieren en período de sesiones. Su funcionamiento, así como el de los demás poderes constitucionales del Estado, no podrán inte- rrumpirse durante la vigencia de estos estados. Disuelto el Congreso o expirado su mandato, si se produjere algu- na de las situaciones que dan lugar a cualquiera de dichos estados, las competencias del Congreso serán asumidas por su Diputación Permanente. 6. La declaración de los estados de alarma, de excepción y de sitio no modificarán el principio de responsabilidad del Gobierno y de sus agentes reconocidos en la Constitución y en las leyes.

Imágen de usuario
Leo Bierzo

Ahora mais que nunca ¡¡Nucleares XA!!

Imágen de usuario
Leo Bierzo

es.cuchando

Imágen de usuario
pekkoo

el Prestige fue el gran drama de este pais. alejar un peligro, el pecado. los peligros hay que traerlos, y eso es lo qie hacen los progres con las manifas. Ahora lo entiendo todo

Imágen de usuario
FrankBG

Siempre haciendo propaganda al Partido Popular. Vergonzoso. Pablo Casado es un truño.

Imágen de usuario