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Breve análisis del SISTEMA ELECTORAL DE ANDALUCíA El sistema electoral andaluz reproduce, y en gran medida amplía dado el espacio autonómico de aplicación, los males del sistema de partitocracia que se aplica a nivel nacional. La Junta Electoral Central ( Artº 8 ) está compuesta por tres vocales designados por los partidos políticos con representación y cuatro magistrados. Lo que da idea de su independencia. Ver Ley Electoral: . http://www.parlamentodeandalucia.es/webdinamica/portal-web-parlamento/pdf.do?tipodoc=coleccion&id=3356&cley=1 El Parlamento es un legislativo que representa la jerarquía de los partidos políticos, sin que tengan una representación directa de sus electores. No se elige directamente a su presidente ( de hecho, el anterior presidente Manuel Chaves, abandonó el cargo dimitiendo como Diputado sin presentar la dimisión como Presidente de la Junta de Andalucía ante el Parlamento). Ni tiene representación en una cámara territorial ( como el resto de autonomías, el Senado no tiene funciones territoriales ) Los candidatos son presentados por los partidos sin procesos democráticos en listas cerradas ( sistema caciquil ) que obedecen a la disciplina de grupo parlamentario. Y que carecen de responsabilidades sobre las leyes que aprueban y control sobre la Administración y el gobierno. Sus retribuciones y privilegios no son pocos Consultar: http://www.parlamentodeandalucia.es/opencms/export/portal-web-parlamento/contenidos/pdf/SecretariaGeneral/regimeneconomico/Regimen_economico_diputados.pdf Se eligen 8 diputados por provincia más los que suman por población, que necesitan un mínimo del 3% para salir elegido a los que se aplica la llamada Ley d’Hondt que favorece el bipartidismo y premia con los restos al partido más votado.Es por tanto una representación no proporcional. En estas elecciones además, se han creado nuevas trabas que impiden la presentación de nuevas candidaturas. Además el proceso electoral no puede llamarse precisamente modélico: La Comisión de Control ( artº 28 ) la componen los partidos con representación parlamentaria. Las “papeletas y sobres electorales ( artº 31 ) pueden ser confeccionados por los partidos y “distribuidos” ( aunque la ley no lo especifica ) a los electores antes del escrutinio ( sistema heredado del caciquismo, como en el resto de procesos electorales en España. En cualquier país del mundo bastaría para anular las elecciones ). Con lo que el voto deja de ser privado y secreto. Y provoca un descomunal clientelismo. ( Se calcula que del 60% de votantes que acuden a las urnas, casi la mitad es inducido por este método, especialmente entre la gente adulta ). Además, la Junta de Andalucía ( artº 47 ) subvenciona a los partidos por el envío de sobres y papeletas, propaganda y publicidad. Pero únicamente si consigue un diputado y el 5% de votos válidos. Con lo que se castiga a las pequeñas formaciones, haciéndolas depender, como el resto de formaciones, de los prèstamos de la Banca, la verdadera patrona del sistema de partitocracia. Y todo ello sin que se pueda denunciar la “publicidad” engañosa. Con unos medios de comunicación totalmente controlados En grandes rasgos este sistema electoral y de gobierno diseña unas grandes corporaciones de cargos políticos que dependen de los impuestos y la banca, y que crea pirámides clientela res que reparten privilegios, cargos en la administración y puestos de trabajo. Que a la vez se ve favorecido por la opacidad de sus decisiones y la falta de control que ejerce la ciudadanía sobre las instituciones de las Comunidades Autonómicas. Todo lo dicho, independientemente de la necesidad de la existencia de la Junta de Andalucía. Pero es evidente, que un parlamento y gobierno de una comunidad territorial, que tiene por encima un Legislativo, un Senado y una Monarquía, carece de justificación que sus representantes que administran servicios sociales básicos como sanidad o educación, no tenga una vinculación política directa y controlada por la ciudadanía. Y con una transparencia total de sus actos. Un buen sistema que puede servir de modelo a nuestra autonomía podría ser los de "sistema alemán" ya vigentes en Europa ( Ver Noruega aplicación del “sistema alemán”, como el venezolano o del proyecto catalán con participación de los electores ). Que elige directamente al representante; corregido por un colegio electoral que redistribuye los votos sobrantes que no han tenido representación a una lista de partido o sus candidatos, para mantener la proporcionalidad en el voto del elector. Ver estudio sistemas electorales - ver Noruega http://www.ife.org.mx/docs/Internet/Biblioteca_Virtual_DECEYEC/deceyec_DECEYEC/docs_estaticos/sis_elec_mundo/noruega_22.pdf Es por ello, que este Parlamento no nos representa. Ni es digno de ser votado ningún partido que no realice propuestas para regeneral este “régimen” y denuncie sus abusos y corruptelas. El movimiento 15M debe intentar denunciar y cambiar las reglas de juego por otras más participativas y transparentes * Estudio sistemas electorales - ver Noruega http://www.ife.org.mx/docs/Internet/Biblioteca_Virtual_DECEYEC/deceyec_DECEYEC/docs_estaticos/sis_elec_mundo/noruega_22.pdf * Venezuela ver pag.15 http://www.cartercenter.org/resources/pdfs/peace/americas/EstudioElectoralVenezuela1%20CarterCenter.pdf * II República Española http://es.wikipedia.org/wiki/Legislaci%C3%B3n_electoral_de_la_Segunda_Rep%C3%BAblica_Espa%C3%B1ola - El republicano francés es por mayoría a dos vueltas. El unipersonal británico tiende a su desaparición