La envidia es aquel sentimiento o estado mental en el cual existe dolor o desdicha por no poseer uno mismo lo que tiene el otro.
En el ámbito del psicoanálisis la envidia es definida como un sentimiento experimentado por aquel que desea intensamente algo poseído por otro. La envidia daña la capacidad de gozar. Es el factor más importante del socavamiento de lo sentimientos de amor, ternura o gratitud. La envidia es un sentimiento enojoso contra otra persona que posee o goza de algo deseado por el individuo envidioso, quien tiene el impulso de quitárselo o dañarlo. A diferencia de los celos, que se basan en el amor y comprenden un vínculo de por lo menos tres personas, la envidia se da de a dos y no tiene ninguna relación con el amor. La persona envidiosa es insaciable porque su envidia proviene de su interior y por eso nunca puede quedar satisfecha, ya que siempre encontrará otro en quien centrarse.
Ya tenemos Ley de Seguridad Privada.
Por primera vez se fija el ámbito material y la finalidad de la seguridad privada, que es la de contribuir, con su acción profesional, a completar la seguridad pública de la que forma parte.
Se actualiza el ámbito de las actividades de seguridad privada, destacando el ámbito de actuaciones que tiene excluidas; se regulan las llamadas actividades compatibles, consistentes en todas aquellas materias que rodean o tienen incidencia directa con el mundo de la seguridad, y, por otra parte, se completan y perfilan mejor las actividades de seguridad privada, como es el caso de la investigación privada, que se incluye con normalidad en el catálogo de actividades de seguridad.
Se reconoce a los operadores de seguridad la condición de personal acreditado.
La seguridad de la información y las comunicaciones se configura como una actividad compatible que podrá ser desarrollada tanto por empresas de seguridad como por las que no lo sean, y que, por su incidencia directa en la seguridad de las entidades públicas y privadas, llevará implícito el sometimiento a ciertas obligaciones por parte de proveedores y usuarios.
Se liberaliza la actividad de planificación, consultoría y asesoramiento en materia de seguridad privada, que pasa a considerarse como una actividad compatible no reservada a las empresas de seguridad privada.
Se introduce una matización necesaria del principio general de exclusión de la seguridad privada de los espacios públicos, cuya formulación actual, excesivamente rígida, ha dificultado o impedido la necesaria autorización de servicios en beneficio del ciudadano.
Se establece el Registro Nacional de seguridad privada y los registros autonómicos
Establece el ámbito competencia de las Comunidades Autónomas en esta materia.
La musica de nuestro programa: JAMES BOND THEME (MONTY HARTMAN ORCHESTRA) GOLFINGER (SHIRLEY BASSEY) NOBODY DOEST IT BETIER (CARLY SIMON) A WIEN TO A KILL (DURAN DURAN)
Comentarios
ya lo creo que es así. Gracias por seguir ahí. mil gracias