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RLC (2015-03-17) Debate elecciones Andalucía. Falta de independencia judicial en España

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Comentarios

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ElSenglar

No creo que nadie quiera querellarse con Trevijano porque hacerlo es darlo a conocer y eso es precisamente lo que evitan a toda costa los castuzos, tanto los de ayer como los de hoy.

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Aleksandr Solzhenitsyn

El pecado capital del Estado de Partidos, la falta de fundamento civil en su legitimidad para legislar, de la que derivan todas sus degeneraciones, su fraude constitucionario y su maldad constituida, consistió en retirar de los parlamentos legislativos toda idea de representación, que no fuera la de los propios partidos estatales por ellos mismos. Este privilegio jurídico concedido arbitrariamente a los partidos estatales implica la necesidad de identificar al legislador con el Gobierno del Estado-organización, promulgador de las leyes. Esto conduce a la fusión de Estado, Nación Gobierno y Parlamento. Una idea totalitaria de confusión de la política con lo político. Una despolitización de la sociedad, que ya no está abierta a sus antiguos enemigos ideológicos, ahora incorporados al Estado. Sus nuevos demonios familiares son los amigos de los partidos estatales, voraces socios civiles de la corrupción, devenida factor de gobierno, y causantes de la degeneración de la vida pública recompuesta por el Estado con la oligarquía civil dominante en el ámbito de lo político y la política. Pág. 512 Capítulo III CÁMARA DE REPRESENTANTES MONÁDICOS POTESTAD LEGISLATIVA Libro III Teoría Pura de la República. Antonio Garcia-Trevijano Forte

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Aleksandr Solzhenitsyn

Régimen político de Poder Vs Sistema de poder político La diferencia entre Régimen político de Poder y Sistema de poder político es la que separa la antigua idea de seguridad respecto de la moderna idea de libertad, o la estructuralidad de la organización respecto a la funcionalidad del ordenamiento. El Estado-organización no es funcional. Necesita el recurso constante al principio de autoridad, a la arbitrariedad inevitable de quien tiene poder indiscutible sobre otros. El ordenamiento jurídico de las relaciones particulares, basado en el principio de libertad, ha constituido el primer factor de civilización de lo público por lo privado, de lo político por lo civil. Mientras que la idea de organización implica la idea de totalidad en lo organizado, la de ordenamiento presupone la libertad de los elementos ordenados. Aquella tiende a la uniformidad en la unidad, éste a la armonía de la diversidad en la pluralidad de la uni-versitas. Derrotado en los campos de batalla, el Estado Totalitario comunicó su espíritu de totalidad al Estado de Partidos, que suprimió la representación política en aras de la integración de las masas partidistas en el Estado. Pág. 511 Capítulo III CÁMARA DE REPRESENTANTES MONÁDICOS POTESTAD LEGISLATIVA Libro III Teoría Pura de la República. Antonio Garcia-Trevijano Forte

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para qué?

Por cierto Respecto a lo de Jodemos y Venezuela, recuerdo que había varios compañeros, canarios principalmente, que defendían mucho y promulgaban la acción Boliviana en España. Me pregunto que habrá pasado con ellos y el porqué de su silencio. Ahora que hay tanto revuelo sobre este asunto es cuando podrían aprovechar para exponer el para qué? de lo que tanto defienden.

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para qué?

Ivooxeri, lo de Grecia por ejemplo, Li de Grecia no es nuevo en el ámbito financiero. En los ochentas pasó algo parecido con varias naciones latinoamericanas que no nada mas tuvieron que devaluar drásticamente su moneda, en estos casos, sino que vieron secuestradas, intervdnudas, sus aduanas o mayores recursos productores de intereses. Pero, si mal no recuerdo, esto fue permitido con la condición que se derogada gran parte de sus deudas, se les prestara mas capital sujeto a pagar sólo si tenían suoerhabit y sujeto al porcentaje de este. En ese entonces no se hizo tanto escándalo comí ahora y aunque se arrincono y saqueo a las naciones afectadas, por sus devaluaciones, se les tuvo que apoyar.

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para qué?

Ivooxero. Disculpa mí tardanza en contestarte pero es que llegaron visitas y tú sabes. Tal vez estemos diciendo lo mismo pero con diferentes ángulos de perspectiva. Lo que quiero decir es que la duda, como el miedo, no son enemigos de uno sino "herramientas",. Digamos señales que nos orevienen de slgo inesperado. Ahí es cuando digo que el error no esta en dudar sino en no sobreponer aquello que se duda. En tú ejemplo del Contrato o contratante es obvio que se duda del contratante o sea quien formula, escribe, el Contrato. Pero aún así no es, tal vez, tanto la desconfianza al contratante sino a algun añadido que se le podría hacer al Contrato, como incluir una causa de fuerza mayor o extensión de garantías.

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Andaos al loro con la castuza de podemos, pues habiendo afirmado la financiación de podemos por parte del gobierno infecto de Maduro, que nos extrañe que se querellen contra vosotros.

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Para qué? Que dudas del contrato o del contratante que formula el contrato?

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Y quién te va a quitar las dudas, el contratante o el contratado. El falso contrato social de Rousseau en el que se basa esa #Partidocracia es una ilusión. Sólo hay tratantes sin contrato imperativo del supuesto contratado que debería ser el ciudadano. Por eso somos súbditos porque el contrato lo rompe el Estado de Partidos cuando le da la real gana.

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Tú mismo lo dices:'sí dudas al leer la letra pequeña de un contrato es que vas a cometer un error,' porque el error viene precedido de la duda.

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