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El Real Decreto Legislativo 1/2007 de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias establece un régimen de GARANTIAS EN LA VENTA DE BIENES DE CONSUMO: PLAZO DE GARANTIA: BIENES DE CONSUMO NUEVOS: 2 años. BIENES DE CONSUMO de 2ª MANO: 1 año. DURANTE LOS 6 PRIMEROS MESES: el daño se presupone de fábrica y EL VENDEDOR DEBE ASUMIR TODOS LOS GASTOS DE REPARACION (piezas, traslado, horas de trabajo). El comprador puede OPTAR por REPARACION DEL BIEN O SU SUSTITUCION, salvo que sea imposible (si ya no se fabrican o no hay existencias) o desproporcionada (que sea más cara la reparación que el valor del bien. SI NO ES POSIBLE LA REPARACION O SUSTITUCION, el consumidor puede OPTAR por UNA REBAJA ADECUADA EN EL PRECIO O RESOLUCION DEL CONTRATO (DEVOLUCION DEL PRECIO). Es decir, si el fabricante es buena gente te lo reparará durante los dos primeros años, si no lo es puede exigirte un informe pericial y mandarte a paseo. Es decir dos años es la garantía "teórica", seis meses es la "real" Por tanto decir que es mejor comprar en Europa/España porque tenemos dos años de garantía personalmente creo que no es una afirmación cierta. Además hay que avisar que en caso de manipulación del software por ejemplo motorola invalida la garantía. Se rompió el botón de encendido de mi moto G de 8 gigas 2013 y como había desbloqueado el bootloader y rooteado Motorola me dijo que o pagaba mas de 100€ o me fuera a paseo (el movil tenía un año) Eso si luego lo llevé a una tienda APPInformática cerca de mi casa y solo me costó 40€ la reparación. Saludos
Hola chicos sólo decir que se oía de fondo como una chicharra ????
Gracias a los dos por comentar el tema de la batería de mi MI4. Un saludo y seguid así. (el funcionario)
Cambiaros a PEPEPHONE mozos, son los mejores, no te molestan para nada.